Según el Reglamento de VPO en Andalucía, acceder a una vivienda protegida es posible tanto en alquiler, en propiedad (compraventa o construcción por particulares), cesión de uso y también a través de transmisión (vivienda de segunda mano). Para la adquisición de estas viviendas protegidas, es necesario que todas aquellas personas que la hayan solicitado pasen por las fases de selección, proceso en que se hará según lo siguiente: baremación, sorteo y antigüedad.
Lo primero de todo es saber si cumplimos con el perfil que se solicita para poder tener acceso a una vivienda de protección oficial (VPO) según los siguientes requisitos:
- Ser mayor de edad.
- No tener otra vivienda o inmueble en propiedad.
- Estar inscrito en el Registro Municipal de Demandantes de Viviendas Protegidas
- Destinar el piso asignado a residencia habitual y permanente.
- No exceder 2,5 veces el IPREM en VPO en alquiler y el 5,5 en propiedad.
Una vez cumplido lo anterior, relacionamos los pasos para solicitar una Vivienda de Protección Oficial:
Inscribirse en el Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Andalucía. Se da opción a dos localidades, con un orden de preferencia.
Se puede hacer tanto individual como conjunta (familiar), esta última firmada por todos los miembros mayores de edad.
Rellenar la documentación para la correcta solicitud de inscripción al acceso a una vivienda de protección oficial y seleccionar si se quiere una vivienda en:
- Alquiler
- Compra
- Opción a compra.
Personas con preferencia a una vivienda protegida:
- Jóvenes.
- Mayores
- Personas con discapacidad.
- Víctimas del terrorismo.
- Familias monoparentales.
- Personas procedentes de situaciones de rupturas de unidades familiares.
- Víctimas de la violencia de género y emigrantes retornados.