La Junta de Andalucía ofrece un abanico de ayudas para facilitar el alquiler de una vivienda a los ciudadanos empadronados en nuestra Comunidad autónoma.
En particular, la administración pública andaluza ofrece una ayuda general para los inquilinos con ingresos limitados. Aunque también contempla otras medidas, como el Bono Alquiler Joven o las destinadas a colectivos vulnerables.
Para acceder a ellas, hay que cumplir una serie de requisitos y obligaciones que pasamos a detallar a continuación.
Requisitos y obligaciones para solicitar las ayudas al alquiler de la Junta de Andalucía:
La Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la Junta de Andalucía ofrece cuatro ayudas al alquiler con el fin de facilitar el acceso a la vivienda a los andaluces. La administración ha puesto en marcha estas iniciativas para paliar los elevados precios del mercado inmobiliario, motivados por la escasez de oferta y los efectos negativos de la inflación que han incrementado los precios. Por lo tanto, las ayudas al alquiler de la vivienda se materializan en estas 3 iniciativas.
1.Ayudas al alquiler de la vivienda habitual
Esta ayuda consiste en la subvención del 40% del importe del alquiler a los inquilinos y un 50% en caso de que los arrendatarios tengan cumplidos 65 años. Además, en caso de personas vulnerables, la retribución puede llegar hasta el 75%. Asimismo, para acceder a esta prestación, el alquiler mensual de la vivienda no puede superar los 600€ y el límite de ingresos por unidad de convivencia no pueden superar 2,5 el IPREM.
2.Bono Alquiler Joven
La Junta de Andalucía pone en marcha esta ayuda al alquiler destinada a los andaluces menores de 35 años, con el objeto de “facilitar a las personas jóvenes con escasos recursos económicos el acceso a su residencia habitual en régimen de alquiler y favorecer su emancipación y desarrollo vital”. En concreto, esta prestación se concreta en un máximo de 250€ mensuales y el período subvencionable podrá alcanzar hasta los 24 meses.
3.Ayudas al alquiler para personas vulnerables
Estas ayudas al alquiler están destinadas a una serie de colectivos vulnerables que no pueden costear el pago mensual de una vivienda. Nos referimos a las personas víctimas de violencia de género, personas que han sido objeto de un desahucio y que están sin hogar. Por consiguiente, para ser beneficiario de esta prestación los servicios sociales deben acreditar la situación de vulnerabilidad. Además, la mensualidad del alquiler no puede superar los 600 euros, aunque podría llegar a los 900€, sólo en determinados casos justificados.