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Los sindicatos creen que los tribunales empezarán a tener en cuenta masivamente las circunstancias personales al tasar lo que corresponde por despido improcedente

Las indemnizaciones por despido improcedente tal y como las conocemos hasta la fecha -equivalentes a 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades para cualquier trabajador al que se rescinda el contrato sin una causa justa- podrían tener los días contados en España tras la decisión del Comité Europeo de Derechos Sociales, con sede en Estrasburgo, que ha determinado que esta regulación no cumple con la Carta Social Europea que nuestro país se ha obligado a cumplir.

UGT fue quien había presentado la queja colectiva contra el Reino de España y, según confirmó este lunes, el Comité le ha dado la razón. Dado que España no está cumpliendo con la Carta con su legislación actual, se abren dos opciones:  O bien el Gobierno emprende una reforma legislativa o, si no, los tribunales tendrán en cuenta esta circunstancia en los despidos que lleguen a los juzgados.

De hecho, desde que España firmó la Carta Social Europea y se comprometió a cumplirla, los tribunales españoles ya interpretan que sus preceptos forman parte del Ordenamiento jurídico interno y han emitido sentencias en las que fallan que los trabajadores merecen, por sus circunstancias, una indemnización por despido superior a la tasada. Es el caso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que en mayo avaló el derecho de un empleado de recibir una indemnización por daños y perjuicios de 30.000 euros al considerar que la compensación tasada por ley, de 493 euros, era «insuficiente».

En este caso, por ejemplo, el trabajador había dejado un empleo en el que tenía contrato indefinido para incorporarse a un Ayuntamiento con el que firmó un contrato temporal de interinidad y, pasado menos de un mes desde que empezó, el consistorio le informó de que había sido contratado por error y que sería despedido el día 30 de abril, lo que generó un derecho a una indemnización muy baja que el tribunal no ve «adecuada al daño sufrido por el trabajador».

Se trata de una circunstancia personal que justifica una indemnización superior y que se suma a otras muchas circunstancias que a partir de ahora deberían ser valoradas en los tribunales. Entre los ejemplos que puso este lunes Pepe Álvarez, secretario general de UGT, figuran casuísticas concretas como el hecho de tener que pagar un alquiler o hipoteca, que podría dar derecho a una indemnización más alta que la que recibiría un trabajador despedido que ya tiene la casa pagada; tener hijos a su cargo; disponer de pocos ahorros en el banco o formar parte de un colectivo que se considere vulnerable, como por ejemplo las personas con discapacidad o víctimas de violencia de género.

«Las circunstancias deben ser individuales igual que lo son los despidos. No es lo mismo vivir en una zona geográfica que en otra; hay personas que tienen más opciones de empleabilidad por su edad; influyen las cargas personales, si vive de alquiler o tiene que pagar una hipoteca, su situación económica. El juez podría interesarse por su situación personal, por su riesgo de vulnerabilidad, por la proximidad a la edad de jubilación, etc.», ilustra Álvarez.

Tras el dictamen de Estrasburgo, la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ya ha anunciado su intención de convocar a patronales y sindicatos a la mesa de diálogo social para negociar una reforma de las indemnizaciones por despido que permitan adecuar la legislación a los postulados europeos, aunque hay dudas en la parte sindical de que ese proceso pueda dar fruto, no sólo por la oposición de los representantes de las empresas sino también por las discrepancias dentro del propio gobierno y la parálisis que está demostrando en otros asuntos como lo que está pendiente de la reforma de las pensiones (que lleva negociándose desde diciembre sin que el Ministerio de Seguridad Social haya presentado ningún borrador en la mesa) o la reducción de la jornada laboral (que ya no parece correr tanta prisa).

Es cierto que el PSOE y Sumar acordaron en su pacto de investidura «establecer garantías para las personas trabajadoras frente al despido, dando cumplimiento a la Carta Social Europea y reforzando la causalidad en los supuestos de extinción de la relación laboral», pero la debilidad parlamentaria del Ejecutivo podría complicar la aprobación de medidas. En lo que va de legislatura pocas han visto la luz y cuando llegue la vuelta al cole en septiembre la prioridad será armar unos Presupuestos Generales del Estado para 2025, con el consiguiente canje de apoyos necesario.

Por ello, los sindicatos fían la aplicación de la Carta a los tribunales y aconsejan a quienes reciban la notificación de despido que muestren su disconformidad y lo lleven a la justicia, ya que prevén que «aumenten las sentencias en las que se obliga a la empresa a dar una indemnización superior a la tasada por ley».

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