El Servicio Público de Empleo Estatal –SEPE- ofrece esta prestación para personas desempleadas pertenecientes al colectivo de artistas. Prestación que consiste en una ayuda mensual de hasta 600 euros, destinada a las personas pertenecientes al colectivo de artistas y del mundo del espectáculo.
Se trata de un nuevo subsidio de desempleo que se ha puesto en marcha en este año 2023. Está destinado a las personas pertenecientes a dicho sector, que han trabajado menos de un año y que, por lo tanto, no tienen derecho a una prestación contributiva.
Este nuevo subsidio por desempleo está gestionado por el Servicio Público de Empleo Estatal. Se trata de una ayuda dirigida especialmente a las personas desempleadas “trabajadoras del sector artístico y quienes realizan actividades técnicas y auxiliares”. Un sector que está sujeto a una fuerte estacionalidad en el empleo.
Requisitos:
- “Que desde la fecha de la extinción de la anterior prestación especial hasta la fecha de nacimiento de la nueva prestación especial, haya trascurrido, al menos, un año”.
- No tener derecho a una prestación por desempleo contributiva, es decir, a cobrar el desempleo.
- Estar afiliados a la Seguridad Social.
- Encontrarse en situación legal de desempleo.
- Acreditar disponibilidad para hacer una búsqueda activa de empleo.
- No tener la edad legal de jubilación.
- Estar inscrito como demandante de empleo en el servicio público correspondiente: El SAE, en el caso de Andalucía.
- Acreditar alguna de estas 2 opciones:
- 60 días de alta en la Seguridad Social con prestación de servicios en la actividad artística dentro de los 18 meses anteriores a la fecha de situación legal de desempleo.
- O 180 días de alta en la Seguridad Social, con prestación de servicios en la actividad artística, dentro de los seis años anteriores a la fecha legal de situación de desempleo.
Una vez cumplamos los requisitos expuestos, hablemos sobre las cuantías de este nuevo subsidio del SEPE. Esta ayuda, que se percibirá durante 120 días, tiene un importe de 480 euros al mes, igual que el resto de los subsidios. Por consiguiente, el 80% del Indicador de Renta de Efector Múltiple (IPREM). No obstante, si las “bases de cotización correspondientes a los últimos sesenta días de prestación real de servicios en la actividad artística sea superior a 60 euros, en cuyo caso será igual al 100 por cien del IPREM”. En ese caso, se cobrarían 600 euros mensuales.