El Tribunal Supremo ha sentenciado que todas las guarderías, tengan o no autorización de centro educativo infantil, dan derecho a deducir en la declaración de la renta. Si antes no pudiste aprovecharla, te contamos cómo hacerlo y cómo recuperar la deducción de años pasados.
Desde el año 2018 la deducción por maternidad de 1.200 euros se puede incrementar en hasta 1.000 euros más por los gastos de custodia de los hijos menores de tres años que la madre trabajadora pague a guarderías o centros de educación infantil autorizados.
Los gastos de custodia deducibles incluyen la preinscripción y matrícula en la guardería de niños hasta 3 años, la asistencia en horario general y ampliado y la alimentación del niño.
Para poder aprovechar esta deducción hay que cumplir unos requisitos:
- Que los gastos de mensualidad y comedor se paguen por meses completos.
- Que no se utilicen cheques guardería o tarjetas guardería para pagar esos gastos.
Y también había unas limitaciones, pues Hacienda exigía además que, para tener derecho a deducirse, las guarderías contaran con la autorización administrativa de centro educativo, con lo que denegaba la deducción a las madres que llevaban a sus hijos a guarderías que no eran centros de educación infantil.
Pero el Tribunal Supremo ha dictado dos sentencias que van en contra de esa exigencia de la AEAT porque considera que el exigir que sean «centros de educación infantil»:
- Es un requisito no establecido en la ley.
- Es una limitación que restringe las opciones de las madres trabajadoras para poder disfrutar de esta deducción.
Por eso afirma que, cumpliéndose los demás requisitos legales, los gastos de custodia de menores de 3 años son deducibles, tanto si se pagan a guarderías como a centros de educación infantil.
Para el Tribunal Supremo la autorización exigida por la Ley para poder deducir es la necesaria para la apertura y funcionamiento de la actividad de custodia de menores en guarderías, pero no la otorgada por la Administración educativa correspondiente, que solo es exigible a los centros de educación infantil. A partir de ahora, Hacienda tiene que admitir la deducción también para guarderías que no cuenten con la autorización de centro educativo infantil.
Si eres madre trabajadora y has pagado guardería en 2023, tendrás que esperar a presentar la próxima declaración de la renta para solicitar el incremento de la deducción por guardería, porque no se puede pedir el abono anticipado, al contrario que el resto de la deducción por maternidad.
Conserva documentos como la matrícula en la guardería, por ejemplo. Te interesa guardar las facturas de los pagos que hayas hecho a la guardería por si Hacienda te los solicita para comprobar que coinciden con los datos que la guardería debe facilitar a Hacienda.
Las madres que aplicaron la deducción por maternidad y que pagando gastos por guardería no solicitaron el incremento de la deducción pueden reclamar la deducción de los ejercicios 2019, 2020, 2021 y 2022 si cumplen el resto de requisitos legales. Para ello hay que solicitar la rectificación de la declaración de cada ejercicio y la devolución de la deducción que corresponda.
Si ya reclamaste y Hacienda te denegó la deducción y no seguiste recurriendo, la resolución se entiende firme y no podrás solicitar de nuevo la deducción.
Si reclamaste y Hacienda no te contestó o estás pendiente de resolución de recurso, tendrán que darte la razón y devolverte la deducción que te corresponda más intereses de demora.