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Este año la declaración de la Renta cuenta con modificaciones en las fechas de inicio de la campaña, que comenzará el 3 de abril de 2024. Cuando llega este momento, los contribuyentes españoles buscan hacer lo posible por sacarle partido y no tener que pagar, o pagar lo mínimo. Para ello, existen las llamadas “deducciones fiscales”, deducciones que muchas personas ignoran y terminan perdiendo. En este caso, hacemos alusión a cuando se tiene una vivienda en propiedad, lo que supone contribuir al Estado.

Con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) se pueden conseguir beneficios, gracias a las deducciones que se pueden aplicar. En este caso, hacemos referencia a cuando eres propietario de una vivienda, deducciones diferentes según de que se trate: La tienes en alquiler, la reformas o por la propia adquisición. Por tanto, vamos a explicar 3 trucos o formas de sacarle partido a la declaración de la Renta, si tienes una casa en propiedad.

Deducción por alquiler

Las personas que tiene una vivienda en propiedad y la alquilan, están obligados a declarar tales ingresos. En este sentido, pueden beneficiarse del 60% de reducción en el rendimiento neto del alquiler y solo tributar por el 40%. Entre los gastos deducibles nos encontramos los que provienen del contrato, agua, luz o tasas municipales, entre otros.

Deducción por reforma

Si has tenido gastos en la reforma de tu vivienda, también tienes derecho a deducciones en la declaración de la Renta, en este caso, las relacionadas con la eficiencia energética de las viviendas. Es posible una deducción de hasta el 20%, 40% o 60% sobre un máximo de 5.000 €, 7.000 € o 15.000 €.

Deducción por adquisición de una vivienda

En este caso, cuando la vivienda se compró antes del 1 de enero de 2013, puede aplicar estas deducciones. Además, cabe recordar que para poder disfrutar de estas desgravaciones, se necesita que el pago de la casa o piso, fuera a través de hipoteca. De esta manera, puedes deducir los intereses abonados y gastos de la financiación: Un 15% sobre un total anual de 9.040 euros o en otras palabras, un límite de 1.356 €. Si la hipoteca fuera de 2 personas, el tope sería del 15% sobre 18.080 € (2.712 €).

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