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El complemento a mínimos es una cantidad adicional que ofrece la Seguridad Social, para incrementar el importe de algunas pensiones contributivas. En concreto, se trata de un importe complementario que pueden percibir los pensionistas a los que el importe de la pensión que perciben no alcanza el mínimo fijado por la normativa vigente.

La Seguridad Social ofrece los complementos a mínimos a la pensión de forma anual, es decir, que son revisables cada año. Esta medida se hace con el fin de comprobar que no se supera el límite de ingresos establecido por Ley. En suma, para poder cobrar este incremento, el/la pensionista debe cumplir estos 3 requisitos

  • Tener fijado el lugar de residencia en España.
  • Percibir una pensión contributiva, cuya cuantía no alcance la cantidad mínima establecida.
  • En función de la situación familiar, no se pueden superar unos ingresos por rendimientos de trabajo, del capital, actividades económicas o ganancias patrimoniales. Los cuales están establecidos en:
    • 614 euros al año para el caso de no tener un cónyuge a cargo.
    • 048 euros anuales, si se tiene cónyuge a cargo.

Para poder beneficiarse del complemento a mínimos en la pensión, hay que comunicar todos los años los ingresos anuales a la Seguridad Social. Esto se puede hacer de forma telemática, accediendo a Tu Seguridad Social, aunque para acceder hay que identificarse con Cl@ve, vía SMS, certificado electrónico o DNIe. Si no se tiene certificado, se puede hacer a través de la plataforma para trámites sin certificado, rellenando el formulario correspondiente.

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