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La inversión en criptomonedas ha crecido de manera exponencial en los últimos años. Por este motivo, la Agencia Estatal Tributaria incluye este tipo de activos en sus planes tributarios. Los contribuyentes que realizan transacciones con Bitcoin, Ethereum o cualquier otro tipo de moneda virtual, tiene que estar atentos en la próxima declaración de la Renta, correspondiente al ejercicio fiscal 2023.

Los movimientos de criptomonedas pueden tributar en la declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, según el uso que se les haya dado. Los ciudadanos/as deben declarar las operaciones relacionadas con el intercambio y la permuta de criptomonedas.

También, debe reflejarse en el IRPF si se venden estos activos a cambio de euros, o en caso de que den lugar a una ganancia para la persona que hace la venta. Aun siendo un bien intangible, el intercambio de una moneda virtual por otra, conlleva una pérdida o una ganancia patrimonial, según sea el caso, y como tal está obligado a tributar según la Ley del IRPF.

Podemos concluir que las criptomonedas están obligadas en la declaración de la Renta debido a su valor de mercado y porque generan una ganancia con sus transacciones. Por consiguiente, en caso de bases del ahorro positivas, es decir, si se producen ganancias de capital, deben tributar según se especifica a continuación:

  • Por los primeros 6.000 euros: 19%.
  • De 6.000 a 50.000: 21%.
  • De 50.000 a 200.000: 23%.
  • Más de 200.000 euros: 26%.

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