La Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad es el Organismo público encargado de gestionar el acogimiento familiar en la Comunidad autónoma de Andalucía. Las familias interesadas deben realizar seis pasos para llevar a cabo este trámite de forma correcta. Un programa que cuenta con un apoyo económico que puede llegar hasta los 668,70 euros mensuales, dependiendo de la modalidad de acogida.
En primer lugar, hay que considerar si la vinculación del menor con la familia que lo acoge es en familia extensa, es decir, que guarda con ella una relación de parentesco. Si no existe esa unión, se considera un acogimiento en familia ajena. La normativa contempla 3 modalidades en caso de esa última opción:
- Urgencia: Para niños de 0 a 7 años que no pueden continuar más con su familia biológica, para evitar su internamiento en centros de protección.
- Temporal: Transitorio, ante una situación de crisis en la familia del menor. Tendrá una duración máxima de 2 años.
- Permanente: Cuando se aconseja la reinserción familiar del menor de forma definitiva en otra que no sea la biológica. Finaliza legalmente cuando el niño/a llega a la mayoría de edad.
La normativa vigente, estima que las familias que quieran acoger a un menor en la región andaluza, deben seguir estos 6 pasos, según explica la web de la Junta de Andalucía:
- Primer paso: Las familias interesadas deben presentar el ofrecimiento rellenando la solicitud en la Delegación Territorial de la Consejería de Inclusión Social.
- Segundo paso: Declaración e idoneidad, para lo que hay que acudir a sesiones informativas y formativas obligatorias, además de colaborar en un estudio psicosocial.
- Tercer paso: Proceso de selección de familia. Para ello, se tienen en cuenta diversas circunstancias, como por ejemplo, la distancia generacional o la actitud educadora de la familia acogedora.
- Cuarto paso: Acoplamiento y formalización del acogimiento familiar, tanto si es temporal como permanente.
- Quinto paso: Seguimiento y apoyo de los equipos técnicos SAAF, también denominados Servicios de Apoyo al Acogimiento Familiar de menores, que seguirán la evolución del acogimiento con visitas periódicas domiciliarias.
- Sexto paso: Apoyo económico para garantizar la manutención del menor, con estas cuantías:
- 376,14 euros mensuales por cada niño/a.
- 522,43 euros al mes en caso de acogimientos temporales en familia ajena.
- 668,70 euros mensuales en caso de acogimientos de urgencia o especializados.
- Prestación extraordinaria: Para cubrir gastos adicionales específicos, como fisioterapia, ortodoncia u otros.