Noticias

Desde 2001. Todo un equipo multidisciplinar de profesionales a tu servicio y el de tu empresa

Es posible que, una vez presentada la declaración de la Renta, te hayas dado cuenta de un error o hayas omitido un dato importante. En esos casos, la Agencia Tributaria permite a los contribuyentes modificar la declaración del IRPF 2023, si ya la has presentado, o las de otros ejercicios anteriores, siempre y cuando no hayan prescrito.

La Agencia Tributaria permite la modificación de la declaración ya presentada usando Renta WEB: solo en estos supuestos

La administración tributaria solo contempla estos supuestos, en los que el contribuyente puede modificar una declaración ya presentada. En ambos casos, hay que hacer uso del programa telemático Renta WEB. En ese aspecto, Hacienda especifica estos 3 casos: .

  • Rectificación de la declaración ya presentada si el error causa un perjuicio al ciudadano.
  • Presentar una complementaria: si el error causa un perjuicio a la Hacienda Pública.
    • Si se produce una situación sobrevenida que hace que el ciudadano pierda el derecho a tener una determinada deducción o exención, de la que antes se beneficiaba fiscalmente.

Si tienes que rectificar una declaración ya presentada porque te ha provocado un perjuicio económico, debes entrar en “Modificar declaración presentada”, a través del programa Renta WEB, en la plataforma web de la Agencia Tributaria. Debes considerar que solo es posible hacer el trámite en estas 2 circunstancias:

  • Si la Administración tributaria no ha practicado “liquidación definitiva o liquidación provisional por el mismo motivo”.
  • Si han transcurrido menos de 4 años “desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación”.

Si el error representa un perjuicio para la Hacienda Pública, las declaraciones complementarias del IRPF, se presentan también de forma telemática haciendo uso de Renta WEB, entrando en el epígrafe: “Modificar declaración presentada”. Recuerda que en este caso, debes incluir todos los datos, es decir, los que estaban bien y los de nueva modificación o inclusión. Al final, el resultado que se obtiene es la cuota que debes ingresar “como consecuencia de la autoliquidación complementaria”.

Asesoría Tauste

Trabajamos a tu lado para ofrecerte la seguridad y eficacia que buscas. Atendemos de forma Online y presencial a PYMES, empresas y particulares

Cita presencialCita online
error: Content is protected !!