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La Renta Mínima de Inserción es una prestación que ofrece la Junta de Andalucía con el fin de erradicar situaciones de pobreza y desigualdad social. El organismo encargado de su gestión dentro de nuestra comunidad autónoma es la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. La cuantía de la RMISA puede alcanzar los 1.173 euros al mes durante un año, que puede ser ampliable.

La RMISA es una renta garantizada que otorga el Sistema de Servicios Sociales de Andalucía para evitar la exclusión social de diversos colectivos. La ayuda económica va acompañada de un Plan de inclusión socio laboral, para favorecer la integración, tanto de titular como de los miembros de su unidad familiar.

Para poder ser beneficiario hay que acreditar los siguientes requisitos en el momento de la solicitud:

  • Vecindad administrativa en Andalucía.
  • Tener de 25 a 64 años inclusive.
  • Estar inscrito como demandante de empleo en el SAE.
  • No tener recursos mensuales suficientes.
  • Estar dado de alta en el censo de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

Existen algunas incompatibilidades para poder cobrar la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía. La primera de ellas es que, tal y como indica la web de la Junta de Andalucía, para poder solicitarla hay que “tener resolución expresa denegatoria del Ingreso Mínimo Vital”. Sin embargo, se tendrán en cuenta situaciones excepcionales, por su carácter de “urgencia o emergencia social”.

Por otra parte, para ser beneficiario/a de esta ayuda, no se pueden percibir otro tipo de subsidios, subvenciones, o cobrar otro tipo de ingresos o rentas.

Asimismo, hay que tener en cuenta que los bienes muebles o inmuebles distintos a la vivienda habitual son computables a la hora de determinar la cuantía a percibir.

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