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El pasado 10 de septiembre, el Congreso de los Diputados rechazó la tramitación del proyecto de ley que pretendía reducir la jornada laboral de 40 a 37,5 horas semanales.
Las enmiendas a la totalidad presentadas por varios grupos parlamentarios prosperaron, de modo que la norma no seguirá su curso y el Gobierno deberá comenzar de cero si quiere retomar esta iniciativa.

¿Qué significa para empresas y trabajadores?

Jornada ordinaria sin cambios

Continúa en 40 horas semanales según el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores.
No habrá reducción de jornada ni ajustes automáticos en convenios o contratos.

Registro de jornada: Se mantiene la regulación actual

    • Obligatorio el registro diario (art. 34.9 ET y RD-ley 8/2019).
    • Sin exigencia de sistemas digitales, acceso remoto en tiempo real ni interoperabilidad.
    • Es válido un registro manual o electrónico siempre que sea fiable y se conserve 4 años.

Atención: La Ministra de Trabajo ha anunciado un Real Decreto que podría reforzar estos requisitos en el futuro.

Sanciones laborales sin incremento

    • La infracción grave por incumplir el tiempo de trabajo o el registro seguirá sancionándose con 751 a 7.500 € en total, no por cada persona afectada.
    • No se aprueban los nuevos importes ni las infracciones adicionales previstas en el proyecto.

Derecho a la desconexión digital

    • Se mantiene la obligación vigente del artículo 88 LOPDGDD, que exige un protocolo interno, pero sin los refuerzos que pretendía la reforma.

Recomendaciones para las empresas

  • Revise su sistema de registro: Asegúrese de que es fiable y conserva los datos durante 4 años.
  • Controle las horas extraordinarias y su compensación.
  • Mantenga actualizado el protocolo de desconexión digital.
  • Siga la evolución normativa, especialmente la posible aprobación de un Real Decreto que regule el registro de jornada.

A tener en cuenta:

Por ahora no hay cambios inmediatos:
La jornada sigue en 40 horas semanales y las obligaciones de registro y sanciones permanecen como hasta ahora.

No obstante, conviene estar preparados ante una futura norma que pueda endurecer el control del tiempo de trabajo.

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