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Desde nuestro despacho queremos recordar a todos los beneficiarios de pensiones no contributivas de jubilación e invalidez que deben presentar el certificado de rentas antes del 31 de marzo de 2025 para no perder el derecho a seguir percibiendo su prestación.

¿En qué consiste este trámite?

Cada año, los beneficiarios de estas pensiones deben informar sobre sus ingresos y los de su unidad de convivencia mediante un certificado de rentas. Este documento es fundamental para que el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) y la Seguridad Social puedan regularizar los importes percibidos en 2024 y ajustar la cuantía de la pensión para 2025.

Este certificado puede gestionarse fácilmente a través de la Sede Electrónica del IMSERSO.

Consecuencias de no presentar el certificado

No cumplir con esta obligación antes del 31 de marzo implica la suspensión del pago de la pensión no contributiva. El pago solo se reanudará una vez presentada la declaración anual y acreditado que se cumplen los requisitos legales, con un plazo máximo de 90 días naturales desde la entrega del documento.

Además, los importes cobrados indebidamente deberán ser devueltos. La cuantía total de estas pensiones para 2025 es de 7.905,80 € anuales, distribuidos en 14 pagas.

Límites de ingresos para mantener la pensión

Para seguir siendo beneficiario, los ingresos personales anuales no deben superar los 7.905,80 €. Si los ingresos adicionales aumentan, la pensión disminuirá; si disminuyen, la pensión podrá aumentar.

Comunicación de cambios

Es obligatorio informar al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) sobre cualquier cambio de domicilio, situación laboral o variación económica o familiar en un plazo de 30 días. El incumplimiento de esta obligación puede acarrear sanciones o la pérdida de la prestación.

Para cualquier duda o para gestionar este trámite, no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho. Estamos a su disposición para ayudarle a cumplir con sus obligaciones y proteger sus derechos.

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