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La Junta de Andalucía ha publicado recientemente las bases reguladoras de una nueva línea de ayudas dirigidas a autónomos y pymes del sector comercial y artesanal, con el fin de fomentar su transformación digital, modernización y mejora de la competitividad.

Estas subvenciones, reguladas por la Orden de 3 de octubre de 2024 (BOJA nº 194, de 9 de octubre), suponen una gran oportunidad para impulsar tu negocio con financiación pública a fondo perdido de hasta el 100% de la inversión, en proyectos que pueden alcanzar los 80.000 €.

¿Quién puede solicitar estas ayudas?

Podrán beneficiarse de esta convocatoria:

  • Autónomos y pymes con actividad económica en Andalucía.
  • Comerciantes ambulantes o negocios exclusivamente online, siempre que tengan empleados en Andalucía o su domicilio fiscal y alta en RETA en la Comunidad.
  • Actividades incluidas en el Anexo I de la Orden (CNAE).
  • Artesanos que estén inscritos en el Registro de artesanía de Andalucía.

¿Cuánto se puede obtener?

Las ayudas cubrirán hasta el 100% del coste del proyecto (mínimo de inversión: 4.000 €) con los siguientes límites máximos:

  • Hasta 40.000 € por proyecto en un único establecimiento.
  • Hasta 60.000 € si se actúa en varios establecimientos.
  • Hasta 30.000 € para comercio online o ambulante.
  • +20.000 € adicionales si se trata de una nueva apertura comercial o artesanal.

¿Qué tipo de proyectos son subvencionables?

Los proyectos deben estar orientados a la digitalización, mejora tecnológica y modernización del negocio. Entre los gastos subvencionables, destacan:

  • Implantación de software ERP, CRM, TPV y gestión de almacenes.
  • Desarrollo de páginas web, tiendas online y aplicaciones móviles.
  • Campañas de posicionamiento SEO/SEM y marketing online.
  • Cartelería digital, sistemas de click & collect y equipamiento TIC.
  • Consultoría para estrategias digitales, omnicanalidad o redes sociales.

Ejemplo de gasto subvencionable:

  • Web + tienda online: hasta 7.000 €
  • Software de contabilidad: hasta 10.000 €
  • Campañas SEO o redes sociales: hasta 5.000 €
  • Equipamiento digital: hasta 12.000 €

Importante: Los gastos deben estar efectivamente pagados y ejecutados en el plazo que se fije en la convocatoria.

¿Qué gastos NO son subvencionables?

  • Tributos, tasas o licencias.
  • Seguros, renting o leasing.
  • Bienes usados.
  • Gastos recurrentes del negocio o trabajos realizados por el propio solicitante.
  • Servicios con una duración superior a un año.

¿Cuándo se abre el plazo?

Aunque la convocatoria aún no ha sido publicada, se espera en las próximas semanas. Dado que la concesión será por orden de presentación, recomendamos tener toda la documentación preparada con antelación.

 

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