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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado una sentencia clave el pasado 15 de mayo de 2025 (asunto C-623/23), que supone un avance importante en materia de igualdad. En ella se reconoce que los hombres tienen derecho a percibir el complemento por brecha de género en las pensiones contributivas en las mismas condiciones que las mujeres, sin restricciones adicionales ni necesidad de acreditar perjuicio profesional.

Este complemento, en vigor en España desde el 4 de febrero de 2021, fue creado para compensar las desigualdades de género en las carreras profesionales derivadas del cuidado de los hijos. Sin embargo, hasta ahora, los hombres solo podían acceder a él si cumplían ciertos requisitos específicos, mientras que para las mujeres se reconocía automáticamente.

El TJUE ha considerado esta diferencia de trato como una discriminación injustificada, declarando contraria al derecho europeo la exigencia de requisitos adicionales para los hombres.

Esta sentencia abre la puerta a que todos los hombres jubilados a partir del 4 de febrero de 2021 que tengan al menos un hijo puedan reclamar este complemento con efectos retroactivos.

Por tanto, si te has jubilado a partir del año 2021, puedes reclamar dicho complemento con efectos retroactivos.

Si este es tu caso, desde nuestro despacho podemos ayudarte a reclamar el complemento por brecha de género.

Contáctanos y te informaremos sin compromiso.

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