La seguridad y la salud de los trabajadores del hogar es un derecho que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales reconoce expresamente desde septiembre de 2022. A partir del 14 de noviembre de 2025, todos los empleadores de trabajadores del hogar deberán contar con una evaluación de riesgos laborales y haber adoptado las medidas preventivas necesarias para garantizar la seguridad de quienes prestan servicios en el domicilio familiar.
¿Qué obligaciones tiene el empleador?
Según el Real Decreto 893/2024, los empleadores deben:
- Realizar una evaluación inicial de riesgos de los trabajadores del hogar.
- Elaborar un plan de prevención con las medidas necesarias para eliminar, reducir o controlar los riesgos identificados.
- Documentar todas las medidas adoptadas y la fecha de su implementación.
- Entregar copia de la documentación al trabajador/a y conservar otra copia como acreditación.
Estas obligaciones son exigibles desde el 14 de noviembre de 2025, fecha límite que marca el plazo de seis meses desde la puesta a disposición de la herramienta gratuita de evaluación desarrollada por el INSST.
Herramienta gratuita de evaluación
El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) ha desarrollado la “Herramienta de Prevención para el Empleo en el Hogar”, accesible en la web Prevencion10.es.
Sus ventajas principales:
- Es gratuita y de acceso libre.
- No requiere conocimientos técnicos previos.
- Genera un documento oficial con:
- Resultado de la evaluación de riesgos.
- Medidas preventivas a implantar.
- Material informativo para el trabajador/a.
- Registro de fechas de implementación y seguimiento.
Riesgos más frecuentes en el hogar
Entre los riesgos más comunes se encuentran:
- Caídas y resbalones.
- Cortes y quemaduras.
- Contacto con productos químicos.
- Riesgos ergonómicos por posturas o manipulación de cargas.
- Estrés o sobrecarga de trabajo.
La herramienta guía al empleador para identificar cada riesgo y adoptar las medidas preventivas adecuadas.
Sanciones por incumplimiento
Aunque el Real Decreto 893/2024 no establece sanciones específicas, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales sí contempla consecuencias para el incumplimiento de estas obligaciones. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social puede requerir la documentación y aplicar sanciones en caso de incumplimiento.
Cumplir con la evaluación de riesgos y adoptar las medidas preventivas no solo es una obligación legal, sino también una forma de proteger a los trabajadores del hogar y minimizar accidentes o problemas de salud. La documentación correcta y entregada al trabajador/a es fundamental para acreditar que se han cumplido las obligaciones.