Cada vez son más los agricultores que buscan nuevos canales de venta para comercializar sus productos directamente al consumidor, aprovechando las oportunidades que ofrecen las plataformas digitales como Amazon, eBay o tiendas online propias.
Una de las dudas más frecuentes en este contexto es si la venta de productos agrícolas por Internet es compatible con el Régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca (REAGP) en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
La Dirección General de Tributos ha resuelto recientemente esta cuestión en la Consulta vinculante V2494-22, de 2 de diciembre de 2022, y la respuesta es clara: Sí, el agricultor puede seguir aplicando el REAGP aunque venda sus productos por Internet.
Qué es el REAGP
El REAGP es un régimen simplificado del IVA diseñado para los titulares de explotaciones agrícolas, ganaderas, forestales o pesqueras que obtienen productos naturales directamente de su actividad.
Este régimen exime al agricultor de:
- Repercutir el IVA en sus ventas,
- Presentar declaraciones periódicas (modelo 303), y
- Llevar libros de IVA.
A cambio, recibe una compensación del 12% en sus ventas a empresarios o profesionales acogidos al régimen general del impuesto.
Cuándo no se puede aplicar
La Ley del IVA (art. 126.Uno.3º) establece que el REAGP no se aplica cuando el agricultor vende sus productos de forma continuada en un establecimiento fijo fuera de su explotación, como podría ser una frutería o tienda física en el pueblo.
Venta por Internet: La clave no está en el canal, sino en la forma
La DGT aclara que la venta por Internet no equivale a tener un establecimiento fijo.
Si el agricultor realiza los envíos desde su finca —ya sea por sus propios medios o a través de una empresa de transporte— mantiene el derecho a aplicar el REAGP.
Por tanto:
- Puede vender por Amazon, página web propia o redes sociales.
- No está obligado a repercutir ni declarar IVA.
- Puede seguir percibiendo la compensación del 12% si el comprador es empresario.
Y si vendo a clientes de otros países de la Unión Europea
Cuando el agricultor realice ventas a distancia intracomunitarias (por ejemplo, a consumidores de Francia o Alemania), la tributación dependerá del importe total anual de esas ventas:
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Volumen anual de ventas intracomunitarias |
Tributación |
Régimen aplicable |
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Hasta 10.000 € |
En España |
REAGP |
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Más de 10.000 € o elección voluntaria |
En el país de destino |
Régimen general + Ventanilla Única (OSS) |
Si se supera el límite de 10.000 €, el agricultor deberá inscribirse en el Régimen de ventanilla única (OSS) y presentar el modelo 369, para ingresar el IVA correspondiente a cada país de destino.
A tener en cuenta:
La venta online no excluye del Régimen especial de agricultura, ganadería y pesca.
Un agricultor puede diversificar su negocio y vender por Internet sin perder los beneficios fiscales del REAGP, siempre que los productos procedan directamente de su explotación y no disponga de un establecimiento fijo de venta fuera de ella.
Asesoramiento especializado
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